La Paz - Bolivia
Instrucción o mensaje por el que el ordenante solicita la asignación y/o transferencia de fondos mediante el uso de instrumentos de pago, a favor de un beneficiario que, de forma enunciativa y no limitativa, considera
a) transferencias electrónicas entre personas naturales y/o jurídicas, que incluye pagos en caso de ser beneficiado por la prestación de un servicio, compra- venta de bienes y pago el cumplimiento de obligaciones (deudas, impuestos y otros); y
b) depósito o retiro de efectivo, carga y efectivización de dinero electrónico y la efectivización de instrumentos electrónicos de pago en comercios (el efectivo proviene de las actividades propias del comercio).