La Paz - Bolivia
La EDV procesa transferencias extrabursátiles privadas de valores anotados en cuenta, que sean registradas mediante solicitudes electrónicas por los Participantes.
Si el Participante no puede hacer la solicitud por el Sistema:
T09 – Por Registro de Transferencias Extrabursátiles Privadas
Calcula tu Comisión | |||||||||||||||||||||||||||
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Moneda | Tipo de Renta | Monto a Calcular | Comisión por Transferencia en Bs. | ||||||||||||||||||||||||
La Tarifa aplica un determinado porcentaje de manera escalonada en función a los rangos establecidos dentro del Valor Nominal de cada Transferencia:
La Tarifa mínima por solicitud para Valores de Renta Fija y/o Variable es: UFV 65. Para Transferencias de Valores de Renta Fija se aplica al Valor Nominal de cada uno de los Valores objeto de la Transferencia. En el caso de Valores que amortizan capital, la Tarifa será aplicada sobre el saldo de capital pendiente de pago (capital insoluto). Para Transferencias de Valores de Renta Variable se aplica sobre el Valor Nominal de cada uno de los Valores objeto de la Transferencia. Se cobra al Participante o Usuario por cuenta del Titular solicitante, al cierre de cobro respectivo. Éste cobro es ejecutado de forma mensual, de acuerdo a la naturaleza del servicio requerido. |
Lunes a Viernes
08:00 – 16:00